Inicia plazo para determinar si se apela o promueve amparo: José Ramón Bonilla.

  • Remoción de Rector es inviable como medida cautelar.

Una vez que la autoridad judicial determinó vincular a proceso al Rector Jesús Madueña Molina, funcionarios de la universidad y al ex Rector, estos disponen de quince días hábiles para decidir si interponen un recurso de apelación o promover un juicio de amparo indirecto, comentó el asesor jurídico, José Ramón Bonilla Rojas.

“A lo que he escuchado es que el Rector y los otros implicados promoverán un amparo ante un tribunal colegiado que revisará el actuar del juez local”.

Al ser cuestionado, sobre quienes insisten en que como medida cautelar debió de removerse al Rector explicó que por normatividad quien nombra, reelige o remueve al rector es el Consejo Universitario, por lo que promover esa media cautelar seria lesiva para la universidad porque sería pretender atentar contra su autogobierno.

No solamente, abundó, se violentaría la Ley Orgánica de la Universidad sino el artículo 3, fracción Séptima, donde se habla textualmente que las universidades autónomas cuentan con autogobierno.

“Si meten esa medida cautelar estarían en visos de inconstitucionalidad y seguramente un juez federal o tribunal colegiado le daría la razón a la universidad; y, por otra parte una persona vinculada a proceso no se le puede considerar culpable hasta que se compruebe, por lo que se presume su inocencia”.

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